Unidad
2: ética aplicada
Tarea
3: plantear problema ético-estudio de caso general
Presentado
por:
Ana Elvia Guevara Rueda: Código – 1.065.243.048
Grupo:
100001_15
Presentado
a:
María
del Mar Esguerra
(Tutora)
Universidad
Nacional Abierta y a Distancia (UNAD)
Escuela
de ciencias Administrativas, Contables, Económicas y de Negocios (ECACEN)
Administración
de Empresas
17/octubre/2017
ACTIVIDAD INDIVIDUAL
problema 3: Desarrollo Sostenible y humano.
El desarrollo sostenible es un proceso de cambio progresivo en la
calidad de vida del ser humano, tiene la finalidad de ubicar primordialmente al
desarrollo, por medio del aumento económico con equidad social, la
transformación de los métodos de producción y de los patrones de consumo que
sustentan al equilibrio ecológico y el soporte vital de la región.
Este proceso implica el respeto a la diversidad étnica y cultural
regional, nacional y local, igualmente el fortalecimiento y la plena
contribución ciudadana en convivencia armónica con la naturaleza, sin
comprometer y garantizando la calidad de vida de las generaciones futuras.
El desarrollo local sostenible se centra en búsqueda del mejoramiento
de la calidad de vida humana en el ámbito local. Se edifica a partir del
protagonismo real de las personas (familias, niños/as, productores,
organizaciones e instituciones locales).
El desarrollo local sostenible para que sea una realidad, la comunidad
debe establecer sus propios objetivos y metas, tener confianza en la fuerza de
la misma comunidad, valorar y afirmar la cultura junto con los conocimientos
tradicionales propios y las formas íntegras de convivencia.
La cultura individualista de competencia mercantil, la baja autoestima,
la dependencia política y económica de las instituciones centrales y agentes
externos, falta de confianza en la capacidad de gestión comunitaria, son entre
otros los obstáculos para alcanzar el desarrollo local sostenible.
ACTIVIDAD COLABORATIVA
DISCRIMINACIÓN UN
PROBLEMA ÉTICO EN LA SOCIEDAD
SURGIMIENTO
La extensa historia de
desigualdad entre los sexos en Estados Unidos sentó las bases para la
discriminación de género y, al mismo tiempo, generó más esfuerzos por reducir
esa desigualdad. Históricamente, las mujeres no tenían un lugar en el ámbito
laboral, deportivo y educativo. Los efectos residuales del favoritismo hacia
los hombres y el tratamiento injusto hacia las mujeres es la causa principal de
la discriminación de género.
Si partimos de lo
contemplado en nuestra CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA, en
el Título
II – Capitulo 1 – Artículo 13: “Todas
las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección
y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y
oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen
nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.”
Si partimos de Considerar que el
Estado deberá garantizar el pleno y efectivo
goce de los derechos de los ciudadanos, estamos afirmando que la instancia de
Gobierno nacional es y será la garante de los derechos de todos l@s ciudadanos
en el País.
CPC: “El Estado promoverá
las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en
favor de grupos discriminados o marginados…
El Estado protegerá
especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o
mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los
abusos o maltratos que contra ellas se cometan.”,
Esto nos determina que
cuando en Colombia hablamos de DISCRIMINACIÓN, estamos hablando de
un comportamiento o conducta que va en contra de las determinaciones o
normatividades Constitucionales y se considera por tanto una violación de los
derechos humanos.
¿Qué determinamos en Colombia
como una conducta discriminatoria?
Si entendemos por discriminación a la
imposibilidad del pleno ejercicio de los derechos y garantías de ciertos
sectores sociales de la población en razón del sexo, raza, creencias religiosas
o políticas, nacionalidad, situación social, elección sexual, edad y discapacidades,
nos atreveremos a afirmar que cuando yo me considero superior o más que otra persona
por su género o raza, estoy siendo DISCRIMINADOR,
y estoy violando una ley que protege los derechos a la igualdad de condición.
Es de reconocer que la actitud discriminatoria es
naturaleza subjetiva que no refleja más que la consideración de inseguridad o
inferioridad que un individuo siente de sí mismo. La segunda guerra Mundial,
dirigida por Alemania en Cabeza de Hitler, nos muestra una visión amenazadora
discriminatoria de un grupo de persona, supuestamente, sobre otra. Esa actitud
llevo a considerar y justificar millones de muertes en Alemania.
En nuestro continente americano, la
visión del Norte, Sur y centro América, han llevado a considerar en el colectivo
de la sociedad que los del norte son Superiores o mejores que
los del Centro y Sur y con ello la población es Inferior en apreciación que el
otro. Hoy hablamos de primer mundo; segundo mundo y tercermundista. Es solo una
visión de Discriminación, que
busca separar los conceptos de igualdad de condiciones de la sociedad.
Si miramos a nuestro
país Colombia, podríamos
identificar que la actitud regionalista de unos departamentos sobre otros,
llevan a considerar que hay unos colombianos más inteligentes y poderosos que
otros. Y cuando hablamos de una raza superior estamos connotando que existe
otro que es inferior. ¿Nos diferenciamos a las experiencias anteriormente relatadas?
La pregunta para cerrar este
Blog, podría ser: ¿Qué factores pueden llegar a determinar que una persona es más
o menos que otra… el conocimiento, el color, la estatura, la riqueza, el olor,
su género, su posición geográfica…?. Se
puede anotar que sería mediocre considerar que uno de los aspectos enumerados
anteriormente puede llegar a determinar un concepto como este.
CONSECUENCIAS
Existen varios efectos y
consecuencias de la discriminación de género, sobre todo en el empleo. La
discriminación de género en el lugar de trabajo genera un aumento en la
rotación de empleados y crea un ambiente de trabajo hostil. La discriminación
de género también promueve el acoso y la posible violencia en el ámbito
laboral. Las víctimas de esta problemática tienen derecho a presentar demandas
judiciales para recuperarse de los daños que sufrieron como consecuencia de las
prácticas discriminatorias.
SOLUCIONES
Existen diversas leyes
estatales y federales que prohíben la discriminación de género y ofrecen
soluciones para quienes ese comportamiento en el lugar de trabajo, así como en
instituciones educativas y financieras. La Ley de Derechos Civiles prohíbe la
discriminación por motivos de género. La Ley de Igualdad Salarial promueve la
igualdad entre hombres y mujeres que realizan las mismas funciones de trabajo
en el mismo ámbito laboral. Las políticas de diversidad e inclusión también
sirven para remediar la discriminación de género mediante la promoción de la
igualdad entre los sexos.
NO A LA DISCRIMINACIÒN…TODOS
TENEMOS DERECHOS A VIVIR Y GOZAR ESTE ESPACIO QUE LA VIDA NOS OFRECE.
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